Tras la llegada del recién nacido, e incluso antes, es necesario saber como obtener tanto el permiso de paternidad y maternidad y cómo se conjugan entre sí.

Tras la llegada del recién nacido, e incluso antes, es necesario saber cómo obtener tanto el permiso de paternidad y maternidad y cómo se conjugan entre sí.
¿Cuánto tiempo me corresponde de baja por maternidad?
Dependiendo de tu situación maternal, personal, laboral y familiar, te corresponderán más o menos días libres de baja por maternidad, la Seguridad Social establece una duración de la baja distinta según cada supuesto.
La duración del permiso por maternidad es común tanto para las trabajadoras, autónomas y empleadas públicas: 16 semanas ininterrumpidas, ampliables en el caso de discapacidad del hijo o parto múltiple (contándose a partir de dos gemelos/mellizos) en dos semanas más por cada hijo a partir del segundo.
En caso de parto múltiple la baja es más largaAdemás, este periodo de suspensión o permiso se distribuye a opción de la madre, pero siempre seis semanas del periodo deben ser posteriores al parto, de carácter obligatorio. Para obtenerlo es necesario tener cubiertos unos periodos mínimos de cotización según la edad de la trabajadora:
1. Si la trabajadora tiene menos de 21 años en la fecha del parto no se exige un periodo mínimo de cotización.
2. Si la trabajadora tiene entre 21 y 26 años en dichas fechas, el período mínimo de cotización será de 90 días dentro de los siete años inmediatamente anteriores al momento de inicio del descanso. O si acredita 180 días cotizados a lo largo de su vida laboral con anterioridad a esta última fecha.
3. Si es mayor de 26 años en dichas fechas, el período mínimo de cotización exigido será de 180 días dentro de los 7 años inmediatamente anteriores al momento de inicio del descanso, o si acredita 360 días cotizados a lo largo de su vida laboral con anterioridad a esta última fecha.
4. Si no cubres dichos periodos de cotización es posible ser beneficiaria del subsidio por maternidad, que tiene una duración de 42 días desde el parto, incrementándose en 14 días en los casos de nacimiento de hijo en una familia numerosa o en la que, con tal motivo, adquiera dicha condición, o en una familia monoparental, o en los supuestos de parto múltiple, o cuando la madre o el hijo estén afectados de discapacidad en un grado igual o superior al 65 por 100.
¿Cuánto tiempo me corresponde de baja por paternidad?
Si el padre es trabajador o autónomo le corresponde independientemente de la baja de maternidad de la madre 13 días libres ininterrumpidos, ampliables en supuesto de parto múltiple en dos días más por cada hijo a partir del segundo. No obstante, si el padre es funcionario le corresponden 15 días libres de permiso de paternidad por nacimiento de su hijo.
La seguridad social exige un periodo mínimo de cotización de 180 días dentro de los 7 años anteriores la fecha de inicio del permiso, o, alternativamente, 360 días a lo largo de su vida laboral con anterioridad a la mencionada fecha, para obtener dicha prestación.

Los días libres por paternidad se pueden obtener hasta que finalice la baja por maternidad o inmediatamente después de que ésta finalice.
Cómo se pide la baja por maternidad: lugar y documentación necesaria
Para obtener la prestación de maternidad y paternidad, deberá acudir la madre o el padre al Instituto Nacional de seguridad social según el tipo de prestación a solicitar. El plazo para solicitar la prestación prescribe a los cinco años.
Se exige un periodo mínimo de cotizaciónNo obstante, si eres trabajadora autónoma se exige un plazo de presentación de 15 días desde el parto, o desde la fecha de descanso por maternidad si es anterior al parto. También se exige este plazo para la paternidad.
Los documentos necesarios son:
1. DNI
2. Certificado de nacimiento del bebé que nos expedirá el registro civil y Libro de Familia.
3. En caso de ser trabajadora asalariada, certificado de la empresa.
4. En caso de ser trabajadora autónoma, últimos 3 recibos del pago de autónomos (los proporciona el banco).
5. La última nómina (con una copia) de la madre antes de estar de baja médica. Las trabajadoras autónomas deben aportar justificantes de pago de las cuotas a la Seguridad Social de los dos últimos meses.
6. Rellenar la solicitud de maternidad que te dan allí mismo (o puedes obtenerla por internet en la página oficial de la seguridad social).
7. Rellenar el modelo 145, que te lo dan allí mismo (o obtenerlo por vía web).
8. Informe de baja por maternidad del médico que ha atendido a la madre.
Para obtener la prestación de paternidad se necesitará los mismos documentos anteriores con excepción del informe médico y rellenar la solicitud de paternidad.