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Vientre de alquiler: una opción para ser padres
Vientre de alquiler: una opción para ser padres

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Vientre de alquiler: una opción para ser padres

Cada vez son más las parejas que ven en los denominados vientres de alquiler una opción para formar una familia. Se trata de un proceso complicado, costoso e ilegal en muchos países como España.

¿Qué es el vientre de alquiler?¿Qué es el vientre de alquiler?

Para muchas parejas que no pueden tener hijos biológicos, usar un vientre de alquiler es una opción cada vez más usada, a pesar de que en España aún es ilegal. Por esta razón, los futuros padres viajan a países como Estados Unidos, dónde esta práctica sí es posible.

En España, la legislación sobre la reproducción asistida es de las más avanzadas. Sin embargo la ley sostiene que el bebé es el hijo de la mujer que lo gesta, aunque los gametos usados para la fecundación sean de otra pareja. Es por ello, por lo que el conocido como turismo reproductivo es una práctica cada vez más extendida.

Existen agencias especializadas en subrogación o vientre de alquiler que se encargan de buscar la madre gestante más idónea para cada caso, realizan asesoramiento legal y psicológico, además de la vigilancia médica durante el embarazo y el parto. Todo sea por cumplir el sueño de formar una familia.

¿En qué consiste el vientre de alquiler?¿En qué consiste el vientre de alquiler?

En qué consiste

Se trata de un proceso mediante al cual, una mujer ofrece su útero para que se le transfieran embriones de otra pareja, que bien sea por problemas de fertilidad u otro tipo, deciden recurrir a este método para concebir un hijo. Una vez el niño nazca, las madres gestoras renuncian a todos los derechos y obligaciones sobre los bebés a favor de la persona o pareja que asuman la paternidad legal.

Existen distintas razones para recurrir a la subrogación, tales como: infertilidad en mujeres que desean tener hijos, embarazos de riesgo, hombres solteros o parejas homosexuales masculinas que desean ser padres.

Las mujeres pasan controles para poder ser gestantes

Vientre de alquiler completo : la mujer que se encargará de llevar a término el embarazo será quien aporte los óvulos, que serán fecundados por inseminación artificial del hombre que desea ser padre o mediante donante anónimo. En este caso la mujer gestante aporta además del vientre, carga genética; y por tanto es madre biológica del recién nacido.

Vientre de alquiler gestacional : el bebé es el resultado de la fecundación del óvulo y el esperma de la pareja que contratan la subrogación, serán fecundados in vitro y los embriones resultantes se transferirán a la mujer encargada de la gestación. Si alguno de los miembros de la pareja fuera estéril, siempre se puede recurrir a donantes. La mujer gestacional, no tiene ninguna relación con el bebé que nazca.

La custodia física y legal de los hijos resultantes mediante este procedimiento es inmediatamente después del parto y los padres tienen toda la responsabilidad médica del bebé antes y después del nacimiento.

Las parejas o personas que solicitan la subrogación y las mujeres que ponen a disposición su útero, son sometidas a exámenes emocionales, psicológicos y físicos, para que ambas partes tomen conciencia del contrato que se establece. Este tipo de maternidad por sustitución se conoce también como maternidad subrogada, gestación por sustitución o subrogación gestacional.

¿Cómo funciona el vientre de alquiler? ¿Cómo funciona el vientre de alquiler?

Cómo funciona

En aquellos países donde esta práctica es legal, existen agencias especializadas en subrogación mediante las cuales las parejas que desean tener hijos a través de una madre de alquiler se ponen en contacto con mujeres dispuestas a ofrecer su útero. La agencia se encarga de buscar a la gestante más idónea en función de lo que cada familia necesita.

La agencia garantiza mediante una base de datos, que las mujeres encargadas de gestar a los bebés cumplen todos los requisitos indispensables, tales como: carecen de antecedentes penales y haber pasado una evaluación médica y psicológica. En ocasiones, se tiene en cuenta que posean una situación económica estable y que sean madres preferentemente de por lo menos dos niños. La edad recomendable de una mujer gestante sería entre los 25 y los 35 años.

En España esta práctica es ilegal

Una vez elegida la mujer que gestará a los bebés que más se ajusta a cada pareja, se facilita un encuentro entre ambas partes en el que aparte de establecer un contacto inicial, puede comenzar a determinarse un acuerdo sobre los distintos aspectos concernientes al embarazo. Debido a lo delicado de este tipo de situaciones para ambas partes, es recomendable contar con abogados que sirvan de mediadores, para evitar así posibles discordancias posteriores. La figura de los abogados es necesaria también para la redacción de contratos privados con la gestante y/o el donante si lo hubiera, y para llevar a cabo la representación legal de los futuros padres ante los juzgados para reclamar la sentencia de filiación.

Cuando el proceso comience, la agencia se encargará de supervisar el embarazo, y de acompañar a la gestante en sus visitas al ginecólogo. También ayuda a los futuros padres después del parto en cuestiones legales y documentos necesarios para traer a los bebés a España.

¿Cuál es la legislación en España?¿Cuál es la legislación en España?

Aspectos legales

En España esta práctica aún es ilegal, por lo que cada vez son más las familias españolas que viajan a países dónde si es posible tener un hijo mediante un vientre de alquiler y posteriormente traen el bebé a España. La ley española del 14/2006 sobre las técnicas de reproducción asistida, especifica en su artículo 10 que los contratos con o sin dinero de por medio, entre una mujer gestante y un tercero son nulos, y la filiación de los hijos nacidos de este modo será determinada por el parto. La madre del bebé sería la que da a luz al recién nacido, sin importar que el recién nacido haya sido engendrado con un óvulo de otra mujer.

Sin embargo, El Ministerio de Justicia, a través de la Dirección General de Registros y Notariado, ha dictado instrucciones para registrar en España los niños nacidos en el extranjero fruto de un contrato de gestación por sustitución (vientre de alquiler), siempre y cuando se presente una resolución judicial del país de origen que garantice la legalidad del proceso.

Es decir, para inscribir a los niños nacidos por vientre de alquiler en el extranjero, se deben cumplir dos condiciones: que el país donde se realice el procedimiento tenga una ley que regule esta práctica, y que ese país emita una sentencia de filiación, donde un juez certifique que la madre subrogada realiza este proceso de forma libre (sin coacción) y que confirma que la paternidad y la maternidad del futuro bebé es de los padres contratantes. Existen varios países dónde esta práctica es legal, pero Estados Unidos es de los pocos que cumple con ambas condiciones para registrar correctamente al niño en España.

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